Ya sea al emprender por primera vez o al darse de baja por maternidad o paternidad, los autónomos tienen derecho a distintas bonificaciones sobre su cuota a la Seguridad Social. Sin embargo, se pueden perder las bonificaciones sobre la cuota a los autónomos si se incumple ciertas normas de la Tesorería.

Es decir, para disfrutar de ayudas se deben cumplir ciertos requisitos. De lo contrario, se les retira el derecho a disfrutarlas y se tiene que devolver el 100% de la prestación en algunos casos.

¿Cómo se pueden perder las bonificaciones sobre la cuota a los autónomos?

Bonificación de inicio de actividad o “Tarifa plana”

Aquellos trabajadores que inicien por primera vez su actividad por cuenta propia o que no hubiesen estado dados de alta en el RETA en los dos años inmediatamente anteriores, podrán disfrutar de la bonificación conocida como ‘Tarifa Plana’.

Si un autónomo que está disfrutando de la ‘Tarifa Plana’ deja de pagar su cuota a la Seguridad Social, perderá automáticamente este beneficio. Además, al tratarse de una reducción en los primeros 12 meses del 80% de la base en la que esté encuadrado – 294 euros al mes si se trata de la mínima – el emprendedor deberá devolver la cuota íntegra a la Tesorería. Es decir, si estaba pagando 69 euros al mes a la Seguridad Social por esta bonificación y deja de pagarla, deberá abonar la cuota mínima (294 euros) en vez de la cuota reducida.

Bonificación por maternidad o paternidad

Si un autónomo o autónoma tiene hijos, adopta, acoge o corre algún riesgo durante el embarazo o el periodo de lactancia, pueden optar a una bonificación del 100% de sus cotizaciones durante el periodo de descanso. Si por el contrario, alguno de estos trabajadores retoma su actividad mientras disfruta de esta bonificación, perderá por completo la prestación. En el caso de que la Inspección de Trabajo halle dicha irregularidad, supondrá la devolución íntegra de la prestación durante los meses que hubiese disfrutado de esta bonificación en la cuota a la Seguridad Social.

Autónomo colaborador: perder bonificación en la cuota

estos tienen su propia bonificación: una reducción del 50% de la cuota con el régimen especial para familiares de autónomos.

Si el autónomo que está disfrutando de esa bonificación no es legalmente un familiar o no trabaja directamente en el negocio familiar; el autónomo que lidera la actividad deberá devolver todas las reducciones que ha disfrutado y perderá el derecho completo a esta prestación.

Bonificación por conciliación familiar y laboral

La Seguridad Social también ofrece bonificaciones que oscilan entre el 50% y el 100% a aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten a un asalariado en el caso de que tengan que darse de baja para cuidar un familiar.

Si se descubre que no están realmente cuidando de un familiar, deberán devolver la prestación y perderán el derecho completo sobre la misma.

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